Pay - CM Payments - Terms and Conditions

1. Definiciones

1.1 Los términos y expresiones utilizados y no definidos en el cuerpo de estas Condiciones de CMP del Comercio y el Acuerdo tendrán el significado establecido en el apéndice 1.

2. Alcance

2.1 Estas Condiciones de CMP del Comercio se aplican y rigen la relación entre el Comercio y CMP desde el momento de la Solicitud del Comercio para el uso de los Servicios de CMP como Comercio y, si así se acuerda, la compra y uso de Terminales según se establece en el Acuerdo de comercio (el «Acuerdo»). Las modificaciones de estas Condiciones de CMP del Comercio solo se aplicarán cuando se acuerden por escrito.

2.2 Los Servicios de CMP los presta la sociedad de responsabilidad limitada privada holandesa CM Payments B.V. Konijnenberg 30, 4825 BD Breda, registrada en el registro mercantil de Países Bajos con el número 62095757 («CMP»). CMP es una institución de pago con licencia del Banco Central de Países Bajos («DCB») que puede verificarse aquí: https://euclid.eba.europa.eu/register/pir/search. Los datos de contacto del DCB se pueden encontrar en www.dnb.nl (también disponible en inglés). Para cumplir con el requisito legal de salvaguardar los fondos confiados por el Comercio a CMP, CMP utiliza Bases de la cuenta de cliente (de manera individual, «Bases») o cualquier otra cuenta de salvaguarda legalmente permitida. La supervisión del DCB incluye la supervisión de las Bases.

2.3 El Comercio es la parte identificada en el Acuerdo. Un Comercio solo utilizará los Servicios de CMP en el desempeño de su profesión o negocio y, en particular, no como Consumidor. Estas Condiciones de CMP del Comercio dejan de lado los artículos 7:522(3), 7:527 y 7:529 del Código Civil neerlandés («CCN») y el Comercio acepta esta exclusión corporativa.

2.4 La aplicabilidad de cualquiera de los Términos y condiciones generales, de compra u otros términos y condiciones utilizados por el Comercio, u otros términos y condiciones no establecidos o mencionados en el Acuerdo quedan expresamente excluidos, siempre que cada una de las Partes cumpla las Reglas estipuladas en la cláusula 2.6.

2.5 CMP tiene derecho a cambiar estas Condiciones de CMP del Comercio en cualquier momento, previa notificación. A menos que cualquier cambio sea producto de los requisitos legales, normativos o fiscales, el Comercio tiene derecho a rescindir el Acuerdo notificándolo a CMP antes de su entrada en vigor, según lo establecido en la notificación del cambio. A cada Transacción enviada, se aplicará la versión de las Condiciones de CMP del Comercio vigentes en el momento de dicha presentación y se considerará aceptada por el Comercio. La versión vigente de estas Condiciones de CMP está disponible y puede descargarse en la página web de CMP.

2.6 Se aplican reglas específicas a métodos de pago específicos. Un Comercio que solicite a CMP que permita la aceptación de Pagos con ciertos métodos de pago deberá ser consciente, y CMP puede considerar que el Comercio es consciente, de las características y los riesgos relacionados con esos métodos de pago, en particular en relación con las actividades de Comercio electrónico.

3. Los servicios de CMP

3.1 Los Servicios de CMP abarcan varios componentes de servicio que el Comercio puede utilizar en relación con la aceptación de Pagos por parte del Comercio, incluidos los:

3.2 Los diversos componentes de los Servicios de CMP pueden ser independientes, interactuar entre ellos e interactuar con los servicios prestados al Comercio por terceros, en forma de Servicios integrados de terceros o no.

3.3 Con los Servicios de CMP, el Comercio puede aceptar Pagos presentando Información de la transacción y los métodos de pago a sus Clientes. Si el Cliente procede y finaliza el Proceso de pago del Método de pago elegido por el Cliente, la transacción se envía a la parte pertinente en la Red de Pago y, como respuesta, se proporciona un Informe de estado, que informa al Comercio de si la transacción está autorizada, rechazada o cancelada. Una vez autorizada la Transacción, el Comercio ha aceptado el Pago y los Fondos de pago se liquidarán según se describe en la cláusula 4.

3.4 CMP no inicia ni ejecuta ningún pago en nombre del Cliente ni siguiendo sus instrucciones. CMP tampoco es parte de la transacción de compra o venta celebrada entre el Comercio y el Cliente. CMP no es responsable ni puede ser considerado responsable ante los Comercios con respecto a los Pagos que se inician o ejecutan o no se iniciaron ni ejecutaron hacia los Clientes o con respecto a los bienes o servicios por los que se debe o debería realizar el Pago. CMP remitirá las quejas de los Clientes sobre los bienes o servicios proporcionados o su pago al Comercio para que el Comercio las resuelva. El Comercio puede optar por contratar un seguro de un tercero para cubrir el riesgo de impago por parte de los Clientes de los bienes o servicios proporcionados.

3.5 Tras la autorización de la transacción, el Pago al Comercio se acepta a través de CMP como (a) Adquirente principal del Comercio o (b) como Adquirente emisor de la transferencia del Comercio.

3.6 En determinadas circunstancias, el Pago se acepta a través de un tercero Adquirente con obligaciones contractuales directas de liquidación y transferencia hacia el Comercio en virtud de un Acuerdo de adquirencia directa (el «Facilitador de Pagos»). En el caso de los Pagos que se acepten y procesen a través del Facilitador de pagos del Comercio, los Servicios de CMP se limitan a los Servicios de enrutamiento. CMP no liquidará ni transferirá ningún fondo con respecto a los Pagos aceptados a través del Facilitador de pagos. En caso de discrepancias entre el importe de los fondos de las Transacciones autorizadas y el importe de los fondos liquidados o transferidos por el Facilitador de pagos, el Comercio primero se pondrá en contacto con el Facilitador de pagos.

3.7 Si se acepta y procesa un Pago a través de CMP o un Facilitador de pagos se establece en el Acuerdo o depende de las circunstancias en el momento en que el Comercio presenta la Información de la transacción a su Cliente y en el momento en que se inicie el Pago como, por ejemplo, la disponibilidad de la Red de Pago y ciertos factores específicos del Pago como, por ejemplo, el lugar donde se encuentra el Comercio o el Cliente o donde se emite el instrumento de pago, la URL de la tienda web o la moneda del Pago.

3.8 Con respecto a (i) las Transacciones para las que el Proceso de pago no ha continuado o ha finalizado o en el caso de (ii) los Pagos que se aceptan y procesan a través de un Facilitador de pagos, el Comercio solo utiliza los Servicios de enrutamiento de CMP. En este último caso, los Servicios de enrutamiento respaldan el uso por parte del Comercio de los Servicios de pago prestados por el Facilitador de pagos mediante:

3.8.1 la transmisión, intercambio y registro de los Datos de la transacción y los Informes de estado de Pagos hacia y desde las Redes de pago pertinentes; y

3.8.2 cuando sea técnicamente posible y en la medida acordada y autorizada, los informes para la administración y conciliación de los Pagos, si procede y según corresponda.

3.9 El Comercio puede cancelar una Transacción siempre que no haya recibido un Informe de estado. Las Comisiones por transacción correspondientes a una Transacción presentada y cancelada posteriormente seguirán siendo objeto de pago.

3.10 El Comercio puede utilizar productos, servicios o aplicaciones proporcionados por terceros a través de, o en interacción con los Servicios de CMP («Servicios integrados de terceros»). CMP no es responsable de Servicios integrados de terceros y el uso que el Comercio haga de dichos Servicios integrados de terceros está sujeto a términos, condiciones y políticas adicionales proporcionados al Comercio por el tercero pertinente. CMP no garantiza la compatibilidad continua de los Servicios de CMP con los Servicios integrados de terceros.

3.11 El Acuerdo o un pedido puede incluir la venta, compra y uso de Terminales según lo acordado entre las Partes, en cuyo caso se aplicará la Sección de Terminal de las presentes Condiciones del Comercio.

3.12 Previa notificación por escrito al Comercio, CMP podrá limitar o dejar de prestar una parte o la totalidad de sus Servicios CMP al Comercio en caso de que dichos Servicios CMP ya no sean compatibles con los proveedores de Métodos de pago pertinentes o en caso de que CM ya no esté autorizada (por el motivo que sea) a ofrecer el/los Servicio(s) de Pago CMP en cuestión.

4. El Balance virtual de CMP

4.1 El Comercio puede, utilizando los Servicios de CMP, aceptar Pagos, cuyos fondos («Fondos de pago») CMP transferirá al Comercio. Al mismo tiempo, el Comercio asume ciertas obligaciones de pago hacia CMP. Para la Liquidación de estas obligaciones de pago recíprocas entre las Partes, se mantiene un balance virtual para el Comercio que funciona como una posición de cuenta corriente («verificación de pacto requesante») entre el Comercio y CMP («Balance virtual de CMP»). Las Transferencias y Reembolsos se ejecutarán desde el Balance de liquidación disponible para el Comercio.

4.2 Las obligaciones de pago de CMP hacia el Comercio abarcan:

4.2.1 el total acumulado de los Fondos de pago; y

4.2.2 cualquier importe adeudado por CMP al Comercio en relación con las Correcciones.

4.3 Las obligaciones de pago del Comercio hacia el CMP abarcan:

4.3.1 las Comisiones de CMP;

4.3.2 cualquier importe de Reembolso;

4.3.3 cualquier importe adeudado por el Comercio a CMP en relación con las Correcciones;

4.3.4 cualquier importe indemnizado; y

4.3.5 cualquier otro importe acordado que el Comercio deba a CMP en virtud del Acuerdo.

4.4 El Comercio autoriza a CMP a liquidar los importes adeudados por CMP al Comercio en virtud del Acuerdo deduciendo y compensando los importes adeudados por el Comercio a CMP en virtud del Acuerdo, reservando, si procede, cualquier Importe asegurado a través del Balance virtual de CMP. El resultado es el Balance de liquidación que, si el importe es positivo, es pagadero para su Transferencia de acuerdo con la Frecuencia de transferencia establecida en el Acuerdo.

4.5 En ningún momento el Balance de liquidación del Comercio puede ser negativo. Si el Balance de liquidación es negativo:

4.5.1 CMP puede exigir al Comercio que reponga el importe requerido para poner el Balance de liquidación a cero sin demora indebida;

4.5.2 CMP puede, previa notificación, basándose en la orden de domiciliación SEPA del Comercio, cobrar de la cuenta bancaria del Comercio cualquier importe necesario para poner el Balance de liquidación a cero;

4.5.3 CMP podrá compensar dicho Balance de liquidación negativo con el Importe asegurado; y

4.5.4 CMP no efectuará ningún Reembolso mientras el Balance de liquidación sea negativo.

4.6 A menos que se acuerde lo contrario, el Balance virtual de CMP se mantiene en EUROS. Cualquier obligación de pago en la que incurra alguna Parte con respecto a la otra en otra moneda que no sea el EURO se convierte y se paga contra el tipo de cambio vigente en la fecha acordada o la fecha en la que tuvo lugar el evento con respecto al cual se incurre en la obligación de pago

4.7 No se adeudan intereses sobre ningún Balance de liquidación adeudado al Comercio.

5. Obligaciones de CMP

5.1 Durante la vigencia del Acuerdo, CMP, con el debido cuidado y habilidad y de acuerdo con la Legislación aplicable, las Reglas y en virtud del Acuerdo, y según se especifique más adelante en este:

5.2 El negocio de CMP y los Servicios de CMP están en continuo desarrollo. Si en cualquier momento CMP desea realizar cambios en los Servicios de CMP, los componentes y sus funcionalidades, CMP puede hacerlo, cuando sea factible previa notificación al Comercio, siempre que los cambios no provoquen que los Servicios de CMP se desvíen sustancialmente de los Servicios de CMP contratados originalmente o si los cambios se realizan para mejorar la seguridad o evitar amenazas de seguridad, para cumplir con la nueva Legislación aplicable (o sus interpretaciones) o a petición de un supervisor con jurisdicción sobre CMP.

6. Datos Personales

6.1 En esta cláusula 6, las siguientes palabras en mayúsculas se utilizan con el significado que se les da en el RGPD: Responsable del tratamiento, Encargado del tratamiento, Datos Personales, Tratamiento, Interesado, Violación de la Seguridad de Datos (Personales), Categorías Especiales.

6.2 CMP procesará los Datos Personales en la prestación de sus Servicios al Comercio. CMP procesa Datos Personales a efectos de sus actividades como entidad de pago, para cumplir con sus obligaciones legales, ejercer sus derechos como Responsable del tratamiento y sus intereses legítimos. Encontrará más información en la declaración de privacidad de CMP. Cada Parte será un Responsable del Tratamiento independiente y cumplirá con sus obligaciones en virtud del RGPD y cualquier legislación relacionada. Además, los Datos Personales se considerarán en todo momento Información Confidencial.

6.3 Comercio garantiza que informará adecuadamente a los Interesados sobre el uso de los Servicios de CMP y que el Comercio comparte sus Datos Personales con CMP y sus Afiliadas de conformidad con las Condiciones de CMP del Comercio y la declaración de privacidad de CMP. Comercio se asegurará de que los Datos Personales compartidos con CMP y sus filiales, cuando proceda, cumplan los requisitos del RGPD, incluida, entre otras, la legalidad del procesamiento.

6.4 Ambas Partes cumplirán sus obligaciones para con los Interesados. En caso de solicitudes procedentes de un Interesado, Comercio se compromete por la presente a proporcionar toda la información pertinente al Interesado sobre la base de que CMP no tiene una relación directa con dicho Interesado. En caso de que CMP reciba una solicitud directamente de un Interesado, CMP remitirá a dicho Interesado al Comercio cuando proceda.

6.5 Ambas Partes aplicarán y mantendrán las medidas técnicas y organizativas apropiadas para garantizar y salvaguardar adecuadamente el tratamiento de los Datos Personales.

6.6 Comercio mantendrá registros e información completos y precisos para demostrar su cumplimiento del RGPD.

6.7 Si el uso por parte del Comercio de los Servicios de CMP con respecto a una Transacción se limita o sigue limitándose únicamente a los Servicios de enrutamiento, CMP actuará en ese caso específico como Encargado del tratamiento de los Datos Personales incluidos en los Datos del Cliente y procesará dichos datos en nombre y por instrucción del Comerciante, y el Anexo de tratamiento de datos, tal y como se indica en: https://www.cm.com/es-es/app/legal/cm-payments/data-processing-addendum-dpa/.

6.8 A los efectos del Acuerdo de Procesamiento de Datos, los Datos del Cliente son los Datos Personales incluidos en los Datos de la Transacción, que varían según el método de pago, tal y como se establece en la Documentación API/AKD.

7. Uso por parte del Comercio de los Servicios de CMP, inicio y vigencia del Acuerdo

7.1 CMP es una institución de pago regulada y debe, tanto antes de poder permitirle al Comercio utilizar los Servicios de CMP, como de forma continuada durante la vigencia del Acuerdo, realizar la Diligencia debida del cliente («DDC»).

7.2 El Comercio no podrá utilizar los Servicios de CMP y CMP no los pondrá a disposición del Comercio a menos que CMP haya aprobado al Comercio para el uso de los Servicios de CMP basado en la DDC, según se notifique al Comercio. En el proceso de Solicitud del comercio o tras la formalización del Acuerdo, CMP puede permitir al Comercio utilizar los Servicios de CMP con sujeción a los Términos de Uso Preliminar y Restringido.

7.3 El Acuerdo entrará en vigor en el momento de la Solicitud del comercio, o en la fecha en que CMP haya formalizado el Acuerdo. A menos que se acuerde lo contrario y si no se rescinde previamente de conformidad con la cláusula 17, el Acuerdo entrará en vigor por un plazo indefinido y el Comercio puede rescindir el Acuerdo en cualquier momento con un preaviso de tres (3) meses mediante notificación por escrito a CMP. En caso de que se haya acordado un Plazo inicial en el Acuerdo, éste se renovará automáticamente por plazos sucesivos de un (1) año, a menos que el Comercio proporcione a CMP una notificación de rescisión por escrito al menos tres (3) meses antes del vencimiento del Plazo inicial o de cualquier plazo de prórroga posterior.

7.4 Para aceptar Pagos con determinados métodos de pago, se requiere que el Comercio esté registrado o contratado con otro Adquirente principal en la Red de Pago pertinente («Registro»). Los métodos de pago pertinentes solo estarán disponibles una vez que se haya completado el Registro correctamente y solo durante el tiempo que el Registro sea válido. CMP apoyará al Comercio, y este cooperará razonablemente para que CMP pueda apoyar al Comercio, para completar el Registro. Cualquier coste cobrado por CMP al Comercio o que éste deba reembolsar a CMP en relación con el Registro se acordará como Comisiones de CMP en el Acuerdo. CMP no será responsable de ninguna decisión de otro Adquirente principal de aprobar o rechazar al Comercio o de rescindir un Registro.

8. Términos de uso preliminares y restringidos

8.1 Según lo acordado por el Comercio en el proceso de la Solicitud del Comercio o si así se conviene en el Acuerdo, el uso por parte del Comercio de los Servicios de CMP está sujeto a las siguientes condiciones y restricciones adicionales:

8.1.1 el Comercio deberá enviar inmediatamente toda la información solicitada por CMP para la ejecución de la DDC según se solicite en el proceso de la Solicitud del Comercio;

8.1.2 el Comercio garantiza que ha tomado nota del apéndice 2 de estas Condiciones de CMP del Comercio, que enumeran la Actividad prohibida, y el Comercio garantiza que no se participa a ninguna Actividad Restringida o Prohibida;

8.1.3 el Comercio reconoce que se aplica un periodo de uso preliminar máximo de treinta (30) días («Periodo de uso preliminar»);

8.1.4 el Comercio reconoce que el uso de los Servicios de CMP por parte del Comercio se limita a la aceptación y el procesamiento de Pagos por un valor no superior a 5 000 EUR en Fondos de pago («Umbral de fondos de pago»). Esto significa que CMP podrá desactivar el uso de los Servicios de CMP por parte del Comercio bloqueando la capacidad de crear y enviar Transacciones una vez que la cantidad de Fondos de pago supere el Umbral de fondos de pago, mitigando así el riesgo financiero de pérdida de Pagos al Comercio.

8.2 Por la presente, el Comercio reconoce que CMP no está obligada a realizar ninguna Transferencia al Comercio:

8.2.1 hasta que se complete la Solicitud del Comercio y se confirme que el Comercio está aprobado para el uso de los Servicios de CMP;

8.2.2 si CMP determina, según su criterio razonable en cualquier momento durante el , que no existe la posibilidad de que el Comercio sea aprobado para el uso de los Servicios de CMP; o

8.2.3 tras el vencimiento del Periodo de uso preliminar.

8.3 En caso de que el Comercio no esté aprobado para el uso de los Servicios de CMP antes o después del vencimiento del Periodo de uso preliminar, por la presente, el Comercio reconoce y acepta que CMP tendrá derecho a disolver el Acuerdo enviando un mensaje de correo electrónico («Mensaje de rechazo») al Comercio, reservándose el resto de derechos que CMP pueda tener y sin que CMP incurra en ninguna responsabilidad por los Pagos perdidos del Comercio o de otro modo. En tal caso, cualquier Balance de liquidación resultante de la aceptación y procesamiento de Pagos hasta la fecha del Mensaje de rechazo se corregirá y CMP devolverá, en la medida de lo posible, el pago al Cliente.

8.4 El Comercio reconoce que su uso de los Servicios de CMP durante el Periodo de uso preliminar está relacionado con el riesgo, controlado y asumido por el Comercio, de perder la Balance de liquidación hasta un importe igual a los Pagos procesados a través de CMP, mientras se han entregado los bienes o servicios que fueron objeto de la Transacción de compraventa. Por la presente, el Comercio reconoce y acepta que queda excluida la responsabilidad de CMP por dichos daños.

9. Condiciones de uso para Comercios

9.1 Todo uso por parte del Comercio de los Servicios de CMP está sujeto a las Condiciones de uso establecidas en esta cláusula 9.

9.2 Declaraciones y garantías.

El Comercio declara y garantiza que:

9.2.1 está debidamente autorizado para celebrar el Acuerdo y cumplir legalmente sus obligaciones en virtud del presente;

9.2.2 utiliza los Servicios de CMP para los fines de su profesión o negocio (y no como Consumidor);

9.2.3 la persona que actúa en nombre del Comercio al aceptar las Condiciones de CMP del Comercio o ejecutar el Acuerdo está debidamente autorizada para representar al Comercio;

9.2.4 la persona que actúa en nombre del Comercio al registrar un Perfil del comercio o utilizar los Servicios de CMP (por ejemplo, enviando instrucciones de Reembolso) está debidamente autorizada para actuar en nombre del Comercio;

9.2.5 tiene y mantendrá todos los permisos y/o autorizaciones necesarias para llevar a cabo su actividad comercial;

9.2.6 no utilizará los Servicios de CMP con fines fraudulentos, ilícitos o abusivos ni para ningún bien o servicio enumerado en la lista de Actividad prohibida;

9.2.7 ninguno de sus titulares reales o representantes legales figura en las listas de sanciones o es una Persona expuesta políticamente («PEP»);

9.2.8 no es consciente de ninguna circunstancia que impida su cumplimiento en virtud del presente documento o que constituya un incumplimiento de las obligaciones hacia un tercero;

9.2.9 toda la información de la DDC proporcionada por el Comercio a CMP es verdadera, correcta y completa en la fecha en que se proporcionó; y

9.2.10 tiene autorización para comprometerse con el Importe asegurado, según lo establecido en la cláusula 12, y que dicho Importe asegurado está o estará libre de derechos y reclamaciones de terceros.

9.3 Obligaciones.

El Comercio deberá:

9.3.1 cumplir toda la Legislación aplicable, en particular, en lo relativo al Comercio electrónico en relación con la venta a distancia, la protección del consumidor, el bloqueo geográfico y la privacidad;

9.3.2 cumplir las Reglas;

9.3.3 cumplir todas las obligaciones del Comercio en virtud del Acuerdo;

9.3.4 cumplir todas las obligaciones contractuales, legales y reglamentarias que tenga con sus Clientes;

9.3.5 cumplir las instrucciones y directrices razonables de CMP para dar forma y mejorar el proceso de ventas y entrega del Comercio;

9.3.6 proporcionar, sin demora indebida, toda la información y los documentos solicitados para la ejecución de la DDC (en curso) por parte de CMP;

9.3.7 notificar a CMP sin demora indebida en cuanto se identifique a algún Titular real o representante legal del Comercio en una lista de sanciones o se le reconozca o deba tratarse como una PEP;

9.3.8 utilizar los Servicios de CMP y asegurarse de que CMP reciba los Datos de la transacción de acuerdo con la Documentación de API y SDK y cualquier guía, apéndice, aviso o aprobación de sustitución o complementaria que CMP pueda poner a disposición o dirigir al Comercio periódicamente;

9.3.9 seguirá siendo responsable (incluso tras la rescisión del Acuerdo) de todas las Retrocesos y Devoluciones relativos a todos los métodos de Pago;

9.3.10 realizar Reembolsos utilizando únicamente el método de pago y el instrumento de pago mediante el que se ejecutó el Pago original;

9.3.11 notificar a CMP cualquier cambio en la propiedad, las condiciones financieras, el negocio, los bienes o servicios que el Comercio proporcione, los canales de venta, las ubicaciones y el resto de circunstancias que pueda considerarse dentro de lo razonable que afectan negativamente a CMP o al uso de los Servicios de CMP por parte del Comercio;

9.3.12 pagar todos los impuestos pertinentes en relación con su negocio y, en particular, con la venta de sus bienes o servicios con respecto a los que el Comercio haya aceptado el pago utilizando los Servicios de CMP;

9.3.13 respetar los derechos de propiedad intelectual de terceros con respecto a los bienes y/o servicios que el Comercio proporcione a sus Clientes;

9.3.14 mantener la confidencialidad de las credenciales de acceso (como el nombre de usuario, la contraseña y el certificado digital) a la Plataforma, para el uso de los Servicios de CMP, y deberá informar a CMP sin demora indebida en caso de que el Comercio determine o crea que se hace un uso no autorizado de las credenciales de acceso emitidas o utilizadas por el Comercio, mientras toma todas las medidas razonables para evitar un uso indebido adicional;

9.3.15 para Transacciones de Comercio electrónico, presentar su sitio web y aplicar los procesos de venta de tal manera que quede claro quién es el Comercio, dónde se encuentra el Comercio, cómo se puede contactar con el Comercio para quejas y preguntas, y cuáles son las políticas del Comercio para devoluciones y privacidad;

9.3.16 en el caso de Transacciones de domiciliación bancaria, obtener el consentimiento y la autorización de su Cliente para cargar el importe correspondiente en su cuenta, así como proporcionar a CMP todos los datos y documentación necesarios para procesar la transacción, incluido, entre otros, el mandato;

9.3.17 en caso de que se dedique a alguna de las siguientes actividades - industria del juego, industria de viajes y/o correduría de divisas - deberá cumplir todos los requisitos adicionales establecidos en la Legislación aplicable, así como cualquier (otro) requisito establecido por CMP;

9.3.18 cooperar, sin cargo alguno, con las solicitudes razonables de información o asistencia de CMP o de terceros relacionados con las actividades realizadas en virtud del Acuerdo de Comercio.

9.4 Prohibiciones y restricciones.

El Comercio no deberá:

9.4.1 utilizar los Servicios de CMP para aceptar pagos por bienes o servicios para o en nombre de un tercero;

9.4.2 sin el permiso previo de CMP, cambiar los bienes o servicios con respecto a los cuales el Comercio utiliza los Servicios de CMP;

9.4.3 sin el permiso previo de CMP, cambiar la región o los países en los que el Comercio ofrece los bienes o servicios con respecto a los cuales el Comercio utiliza los Servicios de CMP;

9.4.4 indicar una preferencia por un determinado Método de pago, aplicar cargos al Cliente o prescribir umbrales financieros, discriminatorios o de otro tipo con respecto a la forma en que los Clientes desean pagar;

9.4.5 hacer cualquier cosa que pueda afectar negativamente a los servicios de CMP, a la reputación de CMP o al fondo de comercio de CMP o que pudiera hacer que CMP incumpla la Legislación aplicable o las Reglas;

9.4.6 participar en cualquier comportamiento o actividad que pueda de alguna manera dañar, imponer una carga desproporcionada o irrazonable sobre la infraestructura técnica o los sistemas utilizados para la prestación de los Servicios de CMP, interrumpir o causar fallos de funcionamiento en los Servicios de CMP o de otro modo desacreditar los Servicios de CMP;

9.4.7 transmitir o permitir o hacer que un tercero transmita gusanos, virus, troyanos, funciones de autodestrucción o código o mecanismos de desactivación similares, o cualquier otro malware, software o datos perjudiciales o perturbadores a través del uso de los Servicios de CMP por parte del Comercio; e

9.4.8 intentar obtener cualquier acceso no autorizado a la Plataforma de CMP, los Servicios de CMP, servidores asociados, sistemas de red, servicios o datos de CMP, o cualquiera de las otras partes que utilicen o se conecten a la Plataforma de CMP.

9.5 Características de los Pagos con tarjeta.

En el presente documento, se informa al Comercio de que:

9.5.1 Un pago realizado con Tarjeta de crédito (un «Pago con tarjeta») se basa en la asunción por parte del adquirente de la tarjeta de crédito de la obligación de pago del titular de la tarjeta sobre la base del crédito.

9.5.2 Aunque un Pago con tarjeta pueda autorizarse a través de los Servicios de CMP, puede realizarse con sujeción a Devolución de cargo, lo que provocará una reversión del pago después de que se liquide a través del Balance virtual de CMP e incluso después de que se haya realizado la Transferencia. Como tal, la autorización de un Pago con tarjeta no es una garantía para la Transferencia de los Fondos de pago de ese Pago con tarjeta al Comercio, mientras que el Comercio está obligado a entregar los bienes o servicios que fueron objeto de la transacción en el momento de la autorización o sin demora indebida tras la autorización (a menos que las Partes acuerden lo contrario por escrito). El Comercio no puede exigir a un Cliente que elimine sus derechos de Devolución de cargo. El Comercio es responsable e indemniza a CMP por Retrocesos de cargos en virtud de la cláusula 11. El riesgo de perder tanto los bienes o servicios vendidos y entregados como los Pagos como resultado de Retrocesos de cargos es por cuenta del Comercio, siempre que CMP haya cumplido correctamente sus obligaciones en virtud del Acuerdo y sin perjuicio de cualquier cambio de responsabilidad como resultado de la participación del Comercio en un programa de plan de tarjetas a tal efecto (p. ej., 3DS, que se aplica de manera predeterminada) o el uso de otros servicios o de cualquier servicio de terceros a tal efecto.

9.5.3 Se aplicarán normas especiales para la protección de los Datos de la tarjeta en virtud de las normas de payment card industry data security standards ('PCI DSS') a las que CMP y el Comercio deberán adherirse tal y como se establece en la cláusula 10.

9.5.4 Las marcas de tarjetas aplican programas de control para supervisar el comportamiento y la actividad del Comercio. Se pueden imponer Multas por la infracción de las Reglas por parte del Comercio y, si una infracción de las Reglas es el motivo de la rescisión del Acuerdo, dichas Multas se anotarán en los programas para su revisión por parte de otros proveedores de Servicios de pago que afecten a la reputación del Comercio;

9.5.5 El desempeño del Comercio para con el Cliente y cualquier interacción que el Comercio lleve a cabo con otros terceros (p. ej., otro tercero que preste servicios al Comercio, (p. ej., un servicio de mensajería) puede afectar al curso de un Pago con tarjeta, lo que significa que el Comercio puede controlar sustancialmente la satisfacción de un Cliente y evitar que los Pagos se realicen con sujeción a Devolución de cargo.

9.5.6 Los Servicios de CMP que CMP puede proporcionar como Adquirente principal de Pagos con tarjeta se basan en la licencia de adquisición de CMP que cubre Europa, y con respecto a los Pagos en los que el proveedor de servicios de pago del Cliente se encuentre fuera de la Unión Europea, pueden aplicarse comisiones transfronterizas, siendo responsabilidad exclusiva del Comercio.

9.6 Otros Métodos de pago reversibles. Lo estipulado en la cláusula 9.5.2 sobre Retrocesos y Pagos con tarjeta se aplica de forma similar en virtud de las Reglas de otros Métodos de pago («Métodos de pago reversibles»). Independientemente de que un Método de pago sea un Método de pago reversible o no, aparecerá a partir de las comisiones de Devolución de cargo acordadas.

9.7 En estas Condiciones de CMP del Comercio, se hace referencia a las Reglas. Las Reglas son sustanciales y pueden variar según el método de pago. El Acuerdo, estas Condiciones de CMP del Comercio y la Documentación de API/SDK están, en la medida de lo posible para CMP, alineados con las Reglas, pero no reflejan todas ellas. Es responsabilidad del Comercio informarse sobre las Reglas y cumplirlas según corresponda. CMP facilitará información sobre las Reglas en su sitio web o a través de otras comunicaciones.

9.8 El cumplimiento del Acuerdo y, en particular, de las Condiciones de CMP del Comercio establecidas en esta cláusula 9 es fundamental en el uso de los Servicios de CMP por parte del Comercio. El incumplimiento por parte del Comercio de las Condiciones de CMP del Comercio y su posterior ejecución en virtud del Acuerdo está directamente asociado con las reclamaciones que CMP tenga en virtud de la indemnización proporcionada por el Comercio de acuerdo con la cláusula 11 y el derecho de CMP a rescindir el Acuerdo o suspender el cumplimiento de las obligaciones de CMP, como se establece en la cláusula 16.

10. El Estándar de Seguridad de Datos para la Industria de Tarjeta de Pago (PCI DSS) y la seguridad de los Datos de la tarjeta

10.1 Los Datos de la tarjeta almacenados o tratados por o en nombre del Comercio se almacenarán y tratarán de forma segura y de acuerdo con el PCI DSS. Los Datos de la tarjeta que pueda obtener el Comercio de un Cliente en relación con un Pago con tarjeta se utilizarán únicamente con el fin de aceptar y procesar dicho pago con tarjeta o en relación con un pago con tarjeta previamente aceptado y procesado.

10.2 En función del tipo de Integración, el Comercio logrará y mantendrá el nivel adecuado de cumplimiento del PCI DSS y renovará su cumplimiento del PCI DSS anualmente. El Comercio deberá proporcionar pruebas de dicho cumplimiento cuando CMP se lo notifique razonablemente. Además, el Comercio cooperará o proporcionará respuestas a los cuestionarios según lo requiera CMP.

11. Indemnización del Comercio

11.1 El incumplimiento por parte del Comercio de las Condiciones de CMP del Comercio u otro incumplimiento de sus obligaciones en virtud del Acuerdo puede provocar Retrocesos, costes de Devolución de cargo, Multas y otras reclamaciones que los organismos reguladores las Redes de pago, los Clientes, las autoridades fiscales o cualquier otro tercero puedan dirigir a CMP. El Comercio en virtud del presente documento indemniza a CMP y eximirá de responsabilidad a CMP por y contra:

11.1.1 cualquier Retroceso, costes de Retrocesos, Multas (CMP puede repercutir las Multas al 110% para cubrir sus gastos administrativos); y

11.1.2 cualquier coste, gasto, pérdida o daño incurrido por CMP como resultado, derivado directa o indirectamente de, o en relación con reclamaciones de cualquier tercero dirigidas a CMP alegando la infracción por parte del Comercio de las Condiciones de uso o de las obligaciones que el Comercio tenga en virtud del presente o para con ellos; y

11.1.3 cualquier coste incurrido por CMP en relación con el cobro de cualquier importe adeudado y pagadero a CMP.

11.2 Los importes adeudados y pagaderos por el Comercio en virtud de la obligación de indemnización de la cláusula 11.1 se denominarán el «Importe indemnizado».

12. Depósito de garantía

12.1 Como garantía para el cumplimiento de las obligaciones de pago del Comercio y para cubrir cualquier riesgo (futuro) relacionado con el uso por parte del Comercio de los Servicios de CMP y cualquier Importe indemnizado que no pueda liquidarse según se describe en la cláusula 4 sin que resulte en un Balance de liquidación negativo, CMP puede aplicar un Importe asegurado por medio de:

12.1.1 instrucción al Comercio para que deposite un determinado importe en una cuenta bancaria designada por CMP;

12.1.2 retención de una cantidad o porcentaje de los Fondos de pago; o

12.1.3 retraso de la Transferencia del Balance de liquidación adeudado al Comercio en un determinado periodo («Retraso de la transferencia»).

12.2 El Comercio puede esperar que se aplique un Retraso de la transferencia con respecto a cualquier fondo de pago resultante de los Pagos aceptados a través de los Servicios de CMP para bienes o servicios con respecto a los cuales se acuerda un Periodo de entrega ampliado. En tal caso, el Retraso de la transferencia será, como mínimo, igual al periodo de entrega extendido.

12.3 El Comercio acepta cumplir con la solicitud de CMP de un Importe asegurado. El Importe asegurado está reservado y CMP puede utilizarlo para compensar las Comisiones de CMP, cualquier importe de Reembolso, cualquier Importe indemnizado y cualquier otro importe acordado como adeudado por el Comercio a CMP en virtud del Acuerdo, en casos en los que la Liquidación a través del Balance virtual de CMP, como se describe en la cláusula 4, dé lugar a un Importe de liquidación adeudado al Comercio negativo.

12.4 CMP podrá determinar y ajustar el Importe asegurado o el Retraso de la transferencia y el periodo durante el que reservará cualquier Importe asegurado a su entera discreción. Por lo general, este tiempo es igual al periodo durante el que pueden realizarse los Pagos sujetos a Devolución de cargo de acuerdo con las Reglas; tras el vencimiento del Importe asegurado, el balance restante se transferirá al Comercio.

12.5 Para que CMP ejerza sus derechos en virtud de esta cláusula 12, el Comercio otorga a CMP un gravamen prioritario y un derecho de garantía y acepta comprometerse con:

12.5.1 Fondos de pago presentes o futuros para establecer un Importe asegurado según lo establecido en la cláusula 12.1.1 o la cláusula 12.1.2; e

12.5.2 Importes asegurados presentes o futuros que se utilizarán según lo acordado en la cláusula 12.3.

12.6 En virtud del presente documento, el Comercio autoriza irrevocablemente a CMP, con el derecho de sustitución, a destinar estos fondos a CMP en nombre del Comercio, si es necesario de forma reiterada, y a adoptar todas las medidas relacionadas con el compromiso de los fondos. CMP acepta dichos derechos.

12.7 No se adeudan intereses sobre ningún Importe asegurado.

12.8 Esta cláusula 12 sobrevivirá a la rescisión del Acuerdo y se rescindirá únicamente cuando todas las obligaciones (futuras) del Comercio en virtud de este Acuerdo se hayan cumplido en su totalidad.

13. Honorarios

13.1 A cambio del uso por parte del Comercio de los Servicios de CMP y la provisión de Terminales por parte de CMP (si procede), el Comercio pagará a CMP las Comisiones de CMP según se establece en el Acuerdo. A menos que se acuerde lo contrario, las Comisiones de CMP se expresan en euros, sin IVA y sin incluir ningún otro impuesto pertinente.

13.2 Las comisiones únicas son pagaderas una vez que el Acuerdo haya entrado en vigor o, en el caso de los Terminales, tras el pedido del Comercio. Las comisiones recurrentes se cobran antes del periodo recurrente al que se aplican. Las comisiones cobradas con respecto a las Transacciones y los Pagos son pagaderas y vencen en el momento de la creación y presentación de la Transacción y, con respecto a los Servicios de pagos de CMP, una vez que se acepta y procesa el pago. A menos que se acuerde lo contrario, las Comisiones de CMP por Transacción para Pagos con tarjeta son comisiones combinadas; si no se muestran diferencias con respecto a las comisiones de cambio que pueden variar según las categorías de las Tarjetas (crédito, débito o comercial). En cualquier momento, el Comercio puede solicitar a CMP que proporcione un estado de cuenta de las comisiones de cambio esperadas, el cargo por servicio del Comercio y otras divisiones de costes, que CMP proporcionará sin demora indebida.

13.3 Sin perjuicio de los derechos de CMP en virtud de las cláusulas 13.4 y 13.5, CMP tiene derecho a ajustar las Comisiones de CMP una vez al año mediante notificación por escrito al Comercio con al menos un mes de antelación.

13.4 Las Comisiones de CMP se determinan en función de uno o varios de los siguientes factores: volumen mensual, valor promedio, valor y factores de riesgo estimados en la fase precontractual o en el Acuerdo. Los cambios en estos factores, independientemente de que el Comercio los notifique o no, dan derecho a CMP a ajustar las Comisiones de CMP, si procede con efecto retroactivo desde el momento en que los cambios fuesen evidentes.

13.5 CMP tiene derecho a ajustar las Comisiones de CMP mediante notificación por escrito al Comercio con al menos un mes de antelación en caso de que el coste de las Comisiones de CMP aumente debido a circunstancias que escapen al control razonable de CMP y/o debido a los cambios de comisiones aplicados por cualquiera de las partes de la Red de Pago.

13.6 A menos que se acuerde lo contrario, el Comercio pagará las Comisiones de CMP a través del Balance virtual de CMP según se describe en la cláusula 4.

13.7 Cualquier factura que el Comercio pueda recibir de CMP deberá pagarse en un plazo de catorce (14) días a partir de la fecha de la factura. Si se indica explícitamente otra condición de pago en la factura, se aplicará el plazo de pago indicado en la factura.

13.8 Cualquier pago adeudado por el Comercio que permanezca adeudado durante más tiempo del plazo de pago acordado en el presente documento queda sujeto a intereses comerciales legales sobre el importe pendiente sin requerir ningún recordatorio o aviso de incumplimiento.

13.9 En caso de que se solicite a CMP la prestación de Servicios de CMP que no estén especificados en las Comisiones de CMP, CMP aplicará la comisione que sea de aplicación estándar a dichas Comisiones de CMP.

14. Confidencialidad

14.1 Las Partes mantendrán la confidencialidad de toda la Información confidencial tanto durante el plazo de vigencia del Acuerdo como a partir de entonces, y no revelarán, sin el consentimiento previo por escrito de la otra Parte, ninguna Información confidencial a ningún tercero de ninguna manera.

14.2 Una Parte receptora de la Información confidencial (“Parte Receptora”) no utilizará la Información confidencial para fines distintos de los relacionados directamente con el Acuerdo. La Parte que divulgue la Información confidencial se denominará en lo sucesivo la "Parte reveladora". La Parte receptora tratará la Información confidencial de la Parte reveladora con al menos el mismo grado de cuidado que utilizaría con respecto a su propia Información confidencial de importancia similar, pero en cualquier caso con un nivel razonable de cuidado.

14.3 En particular, la Parte receptora revelará Información confidencial a sus Filiales, directores, directivos, empleados u otros representantes solo cuando sea necesario. Antes de la divulgación de la Información confidencial de la Parte reveladora a dichas personas, la Parte receptora informará a cada una de dichas personas de la naturaleza confidencial de la Información confidencial y exigirá que la persona acepte expresamente tratar la Información confidencial según lo establecido en el Acuerdo. La Parte receptora será responsable de cualquier incumplimiento del presente Acuerdo por parte de dicha persona.

14.4 Las restricciones y obligaciones de esta cláusula 14 no se aplicarán a la Información confidencial de la Parte reveladora, que:

14.4.1 esté o pase a estar disponible al público en general, salvo como resultado de una divulgación por parte de la Parte receptora;

14.4.2 fuese recibida por la Parte receptora de un tercero no vinculado a ninguna obligación de confidencialidad; o

14.4.3 estuviera en posesión de la Parte receptora antes de la divulgación o se desarrolle independientemente de dicha Información confidencial, según se demuestre mediante pruebas competentes.

14.5 En caso de que la Parte receptora deba divulgar Información confidencial de la Parte reveladora en virtud de una orden judicial u obligación legal, la Parte receptora podrá hacerlo, siempre que informe sin demora a la Parte reveladora por escrito de la recepción de dicha orden u obligación y permita a la Parte reveladora buscar, de manera razonable, protección contra dicha orden u obligación.

14.6 Tras la rescisión del Acuerdo, cada Parte devolverá sin demora todas sus copias, muestras y extractos, y el resto de medios físicos que contengan la Información confidencial de la otra Parte, y eliminará o destruirá (y hará que se eliminen o destruyan) todos los datos automatizados que contengan la Información confidencial de la otra Parte.

15. Derechos de propiedad intelectual

15.1 No se otorga ningún derecho al Comercio que no sea según lo expresamente establecido en el presente Acuerdo y CMP se reserva todos los derechos, títulos e intereses sobre la Plataforma de CMP y los Servicios de CMP, la tecnología y el código subyacentes y todos los avances, adaptaciones, mejoras o modificaciones de los anteriores, tanto desarrollados durante como independientemente del presente Acuerdo, así como todos los Derechos de propiedad intelectual asociados a los mismos.

15.2 Cuando no se utilice como parte de los Servicios de CMP, el Comercio utilizará y mostrará cualquiera de los logotipos o marcas comerciales de CMP, los métodos de pago o las Redes de pago solo en los materiales promocionales y la página web del Comercio, estrictamente de conformidad con las instrucciones de CMP para indicar que puede aceptar Pagos con el método de pago relacionado.

15.3 Cualquier uso de logotipos de los métodos de pago o Redes de pago cumplirá los estándares y otros requisitos que puedan estar en vigor en cada momento.

15.4 El Comercio otorga a CMP el derecho de colocar el nombre y logotipo del Comercio en la página web y/o la lista de referencia de CMP únicamente para indicar que el Comercio ha contratado a CMP para su uso de los Servicios de CMP.

15.5 Las Partes interrumpirán la visualización de logotipos y marcas comerciales en virtud del presente documento tras la rescisión del Acuerdo.

16. Auditorías

16.1 El Comercio permitirá a CMP o a terceros encargados por CMP o una parte relevante en la Red de Pago inspeccionar las instalaciones comerciales del Comercio para auditar el cumplimiento del Comercio en virtud del Acuerdo, concretamente, el cumplimiento del PCI DSS del Comercio y el cumplimiento del Comercio con el RGPD.

16.2 El Comercio ayudará y facilitará dichas auditorías sin limitación y a su cargo y en la medida requerida.

16.3 El Comercio procurará que dichas auditorías también puedan realizarse directamente en relación con (y en las instalaciones comerciales de) cualquier proveedor de servicios técnicos u otros subcontratistas que el Comercio haya contratado para el desempeño de las obligaciones del Comercio en virtud del Acuerdo.

17. Rescisión del Acuerdo y suspensión

17.1 CMP tiene derecho a rescindir el Acuerdo con efecto inmediato, sin incurrir en ninguna responsabilidad y sin la obligación de que ninguna de las partes anule ninguna ejecución ya entregada, si:

17.1.1 se solicita la quiebra o suspensión de pago del Comercio o si se inicia su disolución o liquidación o cualquier otro procedimiento similar;

17.1.2 la puesta a disposición de los Servicios de CMP al Comercio hace que CMP infrinja la Legislación aplicable;

17.1.3 una parte autorizada de la Red de Pago o una autoridad gubernamental o de control ordena o aconseja a CMP que rescinda el Acuerdo;

17.1.4 el importe de Liquidación adeudado al Comercio es negativo y el déficit no se repone sin demora indebida;

17.1.5 se determina durante una auditoría, tal como se indica en la cláusula 16, que el Comercio no está cumpliendo sus obligaciones en virtud del Acuerdo;

17.1.6 el número de Retrocesos o Devoluciones se desvía sustancialmente de la media que CMP puede esperar razonablemente en el área de negocio del Comercio o CMP recibe de otro modo un número notable de quejas sobre el Comercio;

17.1.7 el Comercio utiliza o ha utilizado los Servicios de CMP de forma contraria a las declaraciones y garantías dadas por el Comercio y las prohibiciones en virtud de las Condiciones de uso;

17.1.8 el Comercio deja de utilizar los Servicios de CMP o no ha empezado a utilizarlos y no ha enviado Transacciones durante seis (6) meses o más; y/o

17.1.9 el Comercio utiliza o ha utilizado los Servicios de CMP de forma contraria a las obligaciones del Comercio enumeradas en la cláusula 9.3 de las Condiciones CMP del Comercio y el Comercio, tras la notificación por parte de CMP brindándole la oportunidad de subsanar la infracción, no remedia o repite o continúa la infracción, siempre que CMP pueda suspender el cumplimiento de sus obligaciones durante el periodo de subsanación proporcionado.

17.2 Además, CMP podrá suspender el desempeño de la totalidad o parte de las obligaciones de CMP en virtud del Acuerdo si:

17.2.1 CMP necesita investigar más a fondo las circunstancias que pueden dar lugar a la rescisión;

17.2.2 CMP cree razonablemente que los intereses de CMP o de un tercero requieren o aconsejan que CMP proceda así;

17.2.3 CMP cree razonablemente que una Transacción o Pago están sujetos a blanqueo de capitales o financiación del terrorismo;

17.2.4 CMP cree razonablemente que se ejecutó un Pago sin el consentimiento del Cliente o de otra forma fraudulenta;

17.2.5 una parte autorizada de la Red de Pago o una autoridad gubernamental o supervisora ordene o aconseje a CMP que suspenda al Comercio;

17.2.6 el Comercio no ha facilitado a CMP la información solicitada, incluida, entre otra, la documentación CDD;

17.2.7 CMP cree razonablemente que el Comercio está siendo deshonesto;

17.2.8 CMP tiene motivos para creer que el uso de los Servicios de CMP puede dar lugar a un Balance de liquidación; y/o

17.2.9 la integridad y/o reputación de CMP se vea afectada o amenazada de alguna manera.

17.3 Sin limitar los derechos de CMP estipulados en la cláusula 17.1, en caso de que el Comercio no subsane los motivos de suspensión mencionados en la cláusula 17.2 dentro de un plazo razonable (determinado por CMP), CMP tendrá derecho a rescindir el Acuerdo con efecto inmediato.

17.4 La suspensión por parte de CMP del desempeño de sus obligaciones en virtud del Acuerdo puede incluir que CMP bloquee el acceso del Comercio a la Plataforma de CMP, que CMP se desconecte de la Integración, que CMP desactive la capacidad del Comercio para crear y enviar nuevas Transacciones, que CMP cancele Transacciones, que rechace o devuelva Pagos y que retenga y retrase la Transferencia del Balance de liquidación adeudado al Comercio, sin incurrir en ninguna responsabilidad hacia el Comercio en relación con la suspensión. CMP notificará al Comercio, cuando sea factible y esté legalmente permitido, cualquier suspensión sin demora indebida.

18. Limitación de responsabilidad

18.1 CMP no será responsable ante el Comercio en ningún caso por ninguna pérdida de beneficios o pérdida de ingresos, interrupción del negocio o pérdida de información comercial, fallo de producción, deterioro de otros bienes u otro deterioro, daños indirectos, incidentales, especiales, consecuentes o ejemplares que surjan de este Acuerdo, aunque se haya advertido de la posibilidad de dichos daños.

18.2 En virtud de la cláusula 18.1, la responsabilidad total de CMP debido a un incumplimiento de sus obligaciones atribuible en virtud del Acuerdo, de forma extracontractual o basado en cualquier otro fundamento jurídico se limita a la compensación de los daños hasta un importe equivalente al importe agregado total de las Comisiones de CMP pagadas o pagaderas por el Comercio durante los doce (12) meses inmediatamente anteriores al suceso, acto u omisión sobre los que se concede predominantemente la responsabilidad de CMP. Una serie de sucesos de daños cuenta como uno (1). En ningún caso la compensación total por daños superará los cincuenta mil euros (50 000 EUR).

18.3 Nada de lo expresado en el Acuerdo pretende excluir o limitar la responsabilidad de CMP por daños incurridos por el Comercio debido a una intención deliberada o negligencia grave de CMP.

18.4 Cada Parte será responsable ante la otra Parte de los actos u omisiones de cualquier agente o subcontratista, tanto si operan como si no con el consentimiento de la otra Parte, y la Parte que nombre a un agente o subcontratista se asegurará de reflejar y aplicar las disposiciones pertinentes de este Acuerdo en sus respectivos acuerdos con cada agente y subcontratista.

18.5 Las partes de la Red de Pago no son agentes, subcontratistas ni personas auxiliares de CMP y CMP no es responsable con respecto a los daños incurridos por el Comercio debido a los actos u omisiones de dichas partes.

19. Fuerza mayor

19.1 Ninguna de las Partes será responsable de ningún retraso en el desempeño de sus obligaciones en virtud del Acuerdo si dicho retraso o incumplimiento surge directa o indirectamente por un suceso de fuerza mayor.

19.2 A los efectos de esta cláusula 19, un «suceso de fuerza mayor» significa un evento, accidente, omisión o acto cuya ocurrencia esté fuera del control razonable de CMP, lo que incluye, a título meramente enunciativo, las guerras, explosiones, incendios, inundaciones, tempestades, terremotos, insurrecciones, revueltas, disturbios civiles, rebeliones, huelgas, bloqueos, conflictos laborales, fallos del suministro eléctrico público o equipos públicos de telecomunicaciones, fallos de cualquier maquinaria, sistema de tratamiento de datos o enlace de transmisión más allá de la esfera de influencia y cambio de la Legislación aplicable y las Reglas de CMP, o la revocación de la licencia de cualquier autoridad civil.

19.3 Si CMP no puede desempeñar sus obligaciones en virtud del Acuerdo por fuerza mayor durante un periodo de más de cuatro (4) semanas, el Comercio tendrá derecho a rescindir el Acuerdo con efecto inmediato sin que CMP incurra en ninguna responsabilidad para con el Comercio con respecto a dicha rescisión.

20. Disposiciones varias

20.1 El Acuerdo no pretende crear ni se interpretará como una empresa conjunta ni sociedad o entidad comercial formal de ningún tipo entre CMP y el Comercio. Cada Parte actuará como contratista independiente y ninguna de las Partes tendrá autoridad para vincular a la otra Parte.

20.2 Todas las notificaciones deberán realizarse por escrito y, si no se acuerda explícitamente lo contrario, pueden incluir el correo electrónico. En caso de que las notificaciones se envíen por correo electrónico, cada notificación y otras comunicaciones se considerarán debidamente entregadas en la fecha de envío si se envían durante el horario laboral normal del destinatario y, de otro modo, el siguiente día laborable, siempre que CMP confirme cada recepción de las notificaciones. El Comercio mantendrá actualizada su dirección de correo electrónico para que CMP y el Comercio puedan recurrir a la comunicación electrónica. Cualquier notificación y/u otra comunicación que el Comercio no pueda recibir debido a que la dirección de correo electrónico presentada por CMP no sea correcta o haya dejado de funcionar se considerará entregada correctamente.

20.3 El Acuerdo constituye el acuerdo completo entre las Partes en relación con el objeto de dicho Acuerdo y sustituye a todos los acuerdos anteriores.

20.4 El hecho de que CMP no haga cumplir las disposiciones del Acuerdo en un momento determinado, o el hecho de que el Comercio no exija el cumplimiento de cualquiera de las disposiciones del Acuerdo en una ocasión concreta, no se interpretará de ninguna manera como una renuncia presente o futura a dichas disposiciones, ni afectará de ninguna manera a la validez de CMP para hacer cumplir todas y cada una de dichas disposiciones.

20.5 Salvo que se disponga expresamente lo contrario, todos los derechos y recursos disponibles para CMP son acumulativos y pueden ejercerse simultáneamente o por separado y, en el ejercicio de cualquier recurso, no se considerará que la elección de dicho recurso excluye el resto de recursos.

20.6 Si alguna disposición del Acuerdo se considerase ilegal, inválida o no ejecutable, en su totalidad o en parte, dicha disposición se modificará en la medida mínima necesaria para que sea legal, válida y ejecutable, y la legalidad, validez y ejecutabilidad del resto de disposiciones del Acuerdo no se verán afectadas por ello.

20.7 Las cláusulas 11 (Indemnizaciones del Comercio), 12 (Depósito de garantía) 14 (Confidencialidad) y 18 (Limitación de responsabilidad) de las Condiciones de CMP del Comercio perdurarán más allá de la rescisión del Acuerdo por cualquier motivo y, además, las obligaciones de las Partes en virtud del Acuerdo que por su naturaleza continúen más allá del vencimiento del mismo perdurarán tras la rescisión del Acuerdo.

20.8 Los registros de CMP sirven como prueba de las Transacciones, los Pagos y los importes de los derechos y obligaciones entre las Partes con respecto al Balance virtual de CMP.

20.9 Las Condiciones de CMP del Comercio se proporcionan en neerlandés y en inglés. En caso de cualquier diferencia o incoherencia entre el texto en neerlandés y el texto en inglés de estas Condiciones de CMP del Comercio o cualquier diferencia en su interpretación, prevalecerá la interpretación de las Condiciones de CMP del Comercio redactadas en inglés.

20.10 El Acuerdo es personal del Comercio y el Comercio no puede cederlo ni transferirlo, así como ninguno de sus derechos en virtud del mismo sin el consentimiento previo por escrito de CMP. El Comercio solo podrá utilizar a un agente o subcontratista en relación con el cumplimiento de las obligaciones del Comercio en virtud del Acuerdo con el consentimiento previo por escrito de CMP, y CMP podrá retirar dicho consentimiento en cualquier momento. CMP podrá transferir o ceder cualquiera de sus derechos u obligaciones en virtud del presente Acuerdo a cualquier tercero mediante notificación por escrito al Comercio, a quien el Comercio otorga su consentimiento previo para la Transferencia o cesión en virtud del presente Acuerdo. CMP puede contratar a cualquier tercero según lo requiera razonablemente CMP.

20.11 Cualquier firma electrónica o facsímil tendrá el mismo efecto legal que una firma ejecutada manualmente. El Acuerdo podrá ejecutarse en cualquier número de ejemplares, cada uno de los cuales se considerará un original, y juntos constituirán un único instrumento.

20.12 CMP valora todos los comentarios relativos a los Servicios de CMP y se toma muy en serio su resolución. Con sujeción a la cláusula 3.4 de las Condiciones CMP del Comercio y a las limitaciones legales, en caso de que el Comercio tenga alguna(s) queja(s) en relación con los Servicios de CMP, deberá enviar dicha(s) queja(s) a [email protected]. El envío deberá incluir (i) su nombre legal completo y el del Comercio; (ii) la dirección del Comercio; (iii) la identificación del Comercio; (iv) una descripción detallada de la reclamación; y (v) copias de la documentación o pruebas que respalden la reclamación.

21. Legislación aplicable y jurisdicción

21.1 Todas las ofertas y Acuerdos con CMP, su ejecución y cualquier disputa en relación con el Acuerdo se rigen exclusivamente por la legislación neerlandesa.

21.2 Cualquier disputa resultante del Acuerdo o relacionada con el mismo que no pueda resolverse de forma amistosa se resolverá ante el tribunal competente de Ámsterdam (Países Bajos).

21.3 Se excluye la aplicación del Convenio de Viena.

Apéndice 1: Definiciones

Actividad prohibida Son las actividades enumeradas en el apéndice 3.

Acuerdo El acuerdo (de Comercio) celebrado entre CMP y el Comercio, incluidos todos los apéndices correspondientes que lo conforman y sus enmiendas periódicas.

Acuerdo de adquirencia directa Acuerdo celebrado entre el Comercio y un Facilitador de pagos.

Acuerdo de tratamiento de datos El acuerdo que un Responsable del Tratamiento y un Encargado del Tratamiento están obligados a celebrar de conformidad con la cláusula 28 del RGPD, tal y como se recoge en la cláusula 6 de las Condiciones de CMP del Comercio.

Adquirente La parte que presta los Servicios de adquirencia al Comercio; cuando se utiliza en referencia a CMP como Adquirente, dicha referencia considera a CMP como Adquirente principal o Adquirente emisor de la transferencia. El Adquirente también puede ser el Facilitador de pagos.

Adquirente emisor de la transferencia El uso por parte del Comercio de los Servicios de CMP cuando CMP acumula fondos de otro Adquirente (principal) para la Transferencia por parte de CMP al Comercio. En el caso de Pagos con tarjeta, se proporciona una lista de los otros Adquirentes principales en el apéndice 1.

Adquirente principal CMP u otro miembro principal de la Red de Pago (o sistema de pago) para un determinado método de pago; cuando CMP no sea el Adquirente principal, el resto de Adquirentes enumerados en el apéndice 1 podrá participar como Adquirente principal.

Balance de liquidación El balance de la cuenta virtual de CMP, si es positivo, adeudado para la Transferencia al Comercio.

Balance virtual de CMP Se define en la cláusula 4.1.

Banco Central de Países Bajos (DCB) Se define en la cláusula 2.2.

Bases de la cuenta de cliente, Bases «Stichtingen Derdengelden» que utiliza CMP para salvaguardar los fondos según se describe en la cláusula 2.2; a raíz de la adquisición de otras instituciones de pago por parte de CMP, CMP puede recurrir a (i) Stichting Derdengelden CM Payments, con domicilio social en Breda, inscrita en el registro mercantil bajo el número 62098101; y (ii) Stichting CM.com Foundation, con domicilio social en Breda, inscrita en el registro mercantil en virtud de 30168982. Al recibir Transferencias, el extracto bancario del Comercio mostrará las Bases relevantes para el uso de los Servicios de CMP por parte de CMP. Además, los Clientes pueden consultar las Bases relevantes en el Proceso de pago o en su estado de cuenta bancaria como el beneficiario que recibe su Pago o que realiza un Reembolso en nombre del Comercio.

Cliente La contraparte del Comercio con respecto a una transacción de compra/venta entre ellos y que tiene la obligación de pagar en consecuencia.

CMP CM Payments, según se define en la cláusula 2.2.

Comercio La parte identificada como Comercio en el Acuerdo.

Comisiones de CMP Las comisiones adeudadas por el Comercio a CMP por el uso por parte del Comercio de los Servicios de CMP y, si corresponde, la provisión por parte de CMP de Terminales al Comercio según lo establecido en el Acuerdo, entre las que se incluyen las comisiones por Transacción, comisiones por Reembolso, comisiones por Devolución de cargo, comisiones de Terminal, ciertas comisiones únicas, comisiones por hora, comisiones por suscripción y las posibles comisiones mensuales o comisiones recurrentes de otro tipo.

Condiciones de CMP del Comercio El presente conjunto de términos y condiciones que rigen el uso de los Servicios de CMP por parte del Comercio, con sus oportunas modificaciones.

Consumidor Una persona física que no actúa en el desempeño de una profesión o negocio.

Corrección La corrección de (a) cualquier cantidad adeudada o abonada incorrectamente entre las Partes o (b) cualquier cantidad liquidada en virtud de los Términos de uso preliminar y restringido que se devolverá al Cliente según lo acordado entre el Comercio y CMP en virtud de los Términos de uso preliminar y restringido.

Costes por devolución de cargo Cualquier coste de terceros cobrado con respecto a una Devolución de cargo que no esté cubierta en las Comisiones de CMP.

Datos de la tarjeta Los datos necesarios para aceptar y procesar los Pagos con tarjeta dependen de la Integración y de lo prescrito en la Documentación de API/AKD.

Datos de la transacción La Información de la transacción complementada con los datos proporcionados por un Cliente en el Proceso de pago cuando se inicia o ejecuta un pago.

Datos de pago Los detalles necesarios del Cliente para que el Pago pueda enrutarse a la Red de Pago pertinente para su inicio, ejecución, autorización, aceptación y procesamiento por las diferentes partes de la Red de Pago, que pueden incluir a CMP.

Datos del Cliente Se define en la cláusula 6.6.

Declaración de privacidad La declaración de privacidad de CMP que actúa como Responsable del Tratamiento de datos, publicada en www.cm.com

Derechos de propiedad intelectual Cualquier derecho de autor y derechos relacionados, derechos de chip, derechos de nombre comercial, derechos de marca comercial, nombres de dominio, derechos de patente, derechos de diseño y derechos de base de datos relacionados con la Plataforma de CMP o los Servicios de CMP propiedad de CMP o cedidos con licencia a CMP.

Devolución de cargo La inversión de una Transacción autorizada de acuerdo con las Reglas aplicables a ciertos métodos de pago; aunque este término normalmente se utiliza con respecto a las Tarjetas, en estas Condiciones de CMP del Comercio incluye las inversiones o actividades similares con respecto a los Pagos ejecutados a través de otros métodos de pago reversibles. Las comisiones por Devolución de cargo pueden variar según el método de pago.

Día laborable Un día en el que los bancos generalmente están abiertos para operar en Países Bajos y en el país donde se encuentran las operaciones comerciales del Comercio.

Diligencia debida del cliente (DDC) El procedimiento de análisis de clientes que CMP lleva a cabo con respecto a la relación comercial (que se debe celebrar) con el Comercio para contribuir a y salvaguardar la integridad de los mercados financieros, los Servicios de CMP y la organización de CMP de acuerdo con los requisitos legales y normativos a los que CMP está sujeta, incluida la prevención del blanqueo de capitales, la financiación del terrorismo, el fraude y otra Actividad prohibida.

Documentación de API/AKD La documentación de API que describe la interfaz técnica y proporciona instrucciones para la Integración según CMP ponga a disposición de los desarrolladores del Comercio en la página web de CMP ocasionalmente.

Facilitador de pagos Se define en la cláusula 3.6.

Filial Cualquier persona jurídica o empresa que pertenezca al mismo grupo del que forma parte la Parte.

Fondos de pago Se define en la cláusula 4.1, el importe de dinero total implicado en los Pagos aceptados desde la última Transferencia que CMP realizó al Comercio. Frecuencia de transferencia La frecuencia con la que CMP realizará las Transferencias.

Importe asegurado Según lo notificado o indicado por CMP al Comercio, un importe o depósito puesto o que debe ponerse a disposición por el Comercio o un importe de reserva retenido de los Fondos de pago para garantizar cualquier obligación de pago que el Comercio tenga o pueda tener hacia CMP en virtud de estas Condiciones de CMP del Comercio, determinado y modificado según el criterio exclusivo de CMP.

Información confidencial Cualquier información de carácter no público y de naturaleza confidencial o exclusiva, ya sea comercial, financiera o técnica, Datos de transacciones, Datos de pago, Datos Personales, credenciales de acceso y cualquier otra información relacionada con comercios, clientes, proveedores, bienes u otros servicios, revelada por una Parte (la «Parte reveladora») a la otra Parte (la «Parte receptora»), incluidos los detalles comerciales del Acuerdo, así como cualquier otra información de la que la parte receptora deba asumir razonablemente que se debe mantener en confidencialidad. Dicha información podrá divulgarse entre las Partes de cualquier forma, siempre que se divulgue razonablemente en relación con el Acuerdo.

Información de la transacción El Comercio crea y presenta la información para proponer a un cliente que realice el pago.

Informe de estado El informe intercambiado en respuesta a una Transacción enviada por el Comercio notificando la autorización o el rechazo por parte del PSP del Cliente de la solicitud para ejecutar el pago.

Integración La integración con la Plataforma de CMP según lo acordado en el Acuerdo; para los Pagos con tarjeta, el tipo de Integración afecta al nivel de Estándar de Seguridad de Datos para la Industria de Tarjeta de Pago (PCI DSS) que el Comercio debe cumplir.

Legislación aplicable Las leyes, reglas, reglamentos, instrucciones reglamentarias, órdenes, sentencias, decretos o resoluciones locales o de otro tipo que estén en vigor o se puedan ejecutar en cualquier jurisdicción en la que el Comercio esté constituido, persiga su negocio y utilice los Servicios de CMP o que se apliquen a una Transacción o un pago.

Liquidación, liquidar La administración de las obligaciones de pago recíprocas a través del Balance virtual de CMP según se describe en la cláusula 4.

Mensaje de rechazo Se define en la cláusula 8.3.

Métodos de pago reversible Se definen en la cláusula 9.6.

Multa Todas y cada una de las multas, gravámenes, costes, gastos, comisiones elevadas, cargos, tasaciones o imposición de responsabilidades de cualquier naturaleza que sean impuestos o cobrados por la Reg de Pagos por incumplimiento de las Reglas por parte del Comercio con respecto a las Transacciones procesadas por el Comercio.

Normas Todos los estatutos, normas y directrices actuales y futuros y/u otros requisitos emitidos por cada una de las partes de la Red de Pago o asociaciones bancarias que sean aplicables, estén relacionados o sean relevantes para los Servicios de CMP.

Orden de domiciliación SEPA La orden, que autoriza a CMP a cobrar los importes adeudados por el Comercio a CMP en virtud del Acuerdo de la Cuenta bancaria del Comercio.

Otros servicios Se definen en la cláusula 3.1.4.

Pago Las transacciones de pago iniciadas y ejecutadas a través del Proceso de pago con respecto a la cantidad de dinero que el Cliente ha acordado pagar al Comercio y que el Comercio acepta al utilizar los Servicios de CMP.

Pagos con tarjeta Pago que un Cliente realiza con Tarjeta.

Partes Las partes del Acuerdo: CMP y el Comercio.

Perfil del Comercio El inicio de sesión personal que un Comercio puede crear y usar si desea utilizar los servicios de CMP como Comercio.

Periodo de entrega ampliado El periodo que expirará entre el momento de la autorización y la entrega de los bienes o servicios del Comercio en virtud de la transacción de compra/venta; solo aplicable cuando CMP haya permitido al Comercio por escrito desviarse de la norma estándar que el Comercio entregará tras la Autorización.

Periodo de transferencia El periodo que transcurre entre el momento en que se realizó la última Transferencia y el momento en que la frecuencia de transferencia solicita la siguiente Transferencia.

Periodo de uso preliminar Se define en la cláusula 8.1.3.

Persona expuesta políticamente (PEP) Una persona expuesta políticamente es alguien a quien se le ha confiado una función pública destacada y que, por lo general, se considera que presenta un mayor riesgo de posible participación en sobornos y corrupción en virtud de su puesto y la influencia que pueda tener. Se hace referencia a la página web de CMP, donde se proporciona información para que el Comercio determine si su Beneficiario real o sus representantes legales son tales personas.

Plataforma Las plataformas de software y cualquier tecnología relacionada desarrollada por CMP y puesta a disposición por CMP para el uso por parte del Comercio de los Servicios de CMP según lo acordado en el presente documento.

Plazo inicial El plazo acordado entre el Comercio y CMP relativo a la duración del Acuerdo, tal y como se especifica en el Acuerdo.

Portal de CMP Portal de Internet a través del que CMP presenta al Comercio un panel de control personal para el Comercio donde el Comercio puede gestionar la configuración e información para su uso de los Servicios de CMP, comunicarse con CMP, crear cuentas de usuario y asignar derechos de acceso a usuarios autorizados, ver informes, buscar el estado de las Transacciones y Pagos a través del Balance virtual de CMP del Comercio y buscar o solicitar cualquier otra información relevante para el uso de los Servicios de CMP.

Proceso de pago El proceso que tiene como objetivo la ejecución de la transacción de pago por parte del PSP del Cliente para que el Comercio pueda aceptar el Pago relacionado a través de los Servicios de CMP.

PSP del Cliente La parte de la Red de Pago que mantiene la relación contractual con el Cliente para la ejecución de los Pagos con respecto a los cuales CMP presta sus Servicios de pago en virtud del Acuerdo.

Red de Pago La red o sistema establecido o compuesto, puesto a disposición o gestionado por las partes propietarias o con licencia o que de otro modo desempeñan un papel en el Proceso de pago entre una Parte que realiza un pago (un «Pagador» y, en el sentido de estas Condiciones de CMP del Comercio, denominado Cliente) y el destinatario previsto de dicho pago (un «Beneficiario») pertinente para la autorización y ejecución de dicho pago utilizando un Método de pago en particular, como las marcas de tarjetas (excluyéndose, a los efectos de estas Condiciones de CMP del Comercio, cualquier parte que preste Servicios de adquirencia con respecto a ese pago).

Reembolso La ejecución por parte de CMP de un crédito a un Cliente con respecto a un pago aceptado por primera vez por el Comercio.

Registro Se define en la cláusula 7.4.

Retraso de la transferencia Se define en la cláusula 12.1.3.

RGPD Reglamento general de protección de datos.

Sección de Terminal La sección de estas Condiciones de CMP del Comercio que se aplica, por medio de un anexo, si CMP proporciona Terminales al Comercio en virtud del Acuerdo.

Servicios de adquirencia La aceptación y procesamiento de Pagos con el objetivo de transferir los fondos relacionados al Comercio; si los proporciona CMP, los Servicios de adquirencia incluyen la Liquidación de las obligaciones de pago recíprocas de las Partes.

Servicios de CMP Los servicios especificados en la cláusula 3.1.

Servicios de enrutamiento Se definen en la cláusula 3.1.2.

Servicios de pago Los servicios que generalmente se consideran Servicios de pago en el Anexo 1 de PSD2, en su forma enmendada y/o completada de vez en cuando.

Servicios integrados de terceros Según se define en la cláusula 3.10.

Servicios relacionados con el pago Los servicios de CMP que están relacionados con los Servicios de pagos de CMP y que incluyen, a título meramente enunciativo, los servicios de soporte, la provisión de documentación, servicios administrativos y conciliación de Pagos, la provisión y acceso a información a través del Portal de CMP y cualquier otro servicio, independientemente de que se pueda acceder a él o se proporcione a través de Internet.

Solicitud Una petición del Comercio para ser aceptado para el uso de los Servicios de CMP, ya sea mediante el proceso de solicitud en línea de CMP y la creación de un Perfil del comercio por parte del Comercio o mediante la solicitud de una oferta para un Acuerdo escrito y proporcionando toda la información solicitada por CMP para la ejecución de la DDC.

Tarjeta Las tarjetas de débito y crédito de las Redes de pago y marcas con las que CMP puede permitir al Comercio aceptar Pagos, según lo convenido en el Acuerdo.

Terminal Dispositivo utilizado para la presentación de transacciones POS por parte del Comercio.

Términos de uso preliminar y restringido Los términos de uso preliminar y restringido que se aplican al uso de los Servicios de CMP por parte del Comercio en caso de incorporación en línea y que se establecen en la cláusula 8.

Titular real (UBO) Se hace referencia a los documentos que se deben completar para llevar a cabo la DDC y la página web de CMP, donde se proporciona información para que el Comercio determine cuál es su Titular real.

Transacción Una solicitud enviada por el Comercio, utilizando los Servicios de enrutamiento, para, en función del Método de pago elegido por el Cliente, iniciar, ejecutar o autorizar, de acuerdo con las Reglas aplicables al Método de pago elegido por el Cliente, (1) la transferencia del pago por parte del Cliente, (2) la retirada del pago por parte del Comercio o (3) la acreditación del pago al Comercio con el objetivo de aceptar y procesar el Pago a través de CMP o un Facilitador de pagos.

Transferencia La transferencia por parte de CMP del Balance de liquidación acumulado durante el Periodo de transferencia a la cuenta bancaria del Comercio con sujeción, en todo momento, a los términos y condiciones del Acuerdo.

Umbral de fondos de pago Se define en la cláusula 8.1.4.

Apéndice 2: Lista de sectores prohibidos/restringidos (productos y servicios) de CM Payments

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Apéndice 3: Condiciones comerciales específicas de iDEAL

El Comercio reconoce y acepta que algunos métodos de pago están sujetos a términos y condiciones adicionales que complementan las Condiciones de CMP del Comercio. Más concretamente, los siguientes términos dictados por Currence iDEAL B.V. (propietario del sistema iDEAL) se aplicarán a la (aceptación del Comercio para) tramitación de Transacciones iDEAL y deberán ser cumplidos por el Comercioen todo momento.

(i) El Comercio deberá disponer de un procedimiento de reclamación sólido para sus Clientes, en el que el Comercio sea fácilmente accesible a través del correo electrónico, así como a través de otros medios de contacto directo, como el teléfono, un chat, etc. La información relativa al procedimiento de reclamación debe estar a disposición de los clientes de forma transparente y en un lugar fácil de encontrar.

(ii) El Comercio deberá verificar el estado de la Transacción iDEAL con CMP antes de entregar sus bienes o servicios. Si el Comercio no verifica previamente el estado de la Transacción solicitada a iDEAL, el riesgo de no recibir los fondos si la Transacción solicitada a iDEAL no tiene el estado de "correcta" recaerá plenamente en el Vendedor.

(iii) El Comercio deberá cumplir en todo momento los términos y condiciones que rigen las Transacciones iDEAL, incluido, entre otros, el uso del logotipo iDEAL (disponible aquí: https://www.ideal.nl/en/businesses/logos/),,) y deberá implementar iDEAL de acuerdo con las especificaciones técnicas pertinentes.

(iv) El Comercio no enviará Transacciones iDEAL a CMP o (si el Comercio está conectado directamente al centro iDEAL) al centro iDEAL únicamente para comprobar la disponibilidad del centro iDEAL.

(v) En los casos en los que, por cualquier motivo, sea necesaria una investigación adicional en relación con una Transacción iDEAL, el Comercio acepta cooperar con CMP y/o Currence iDEAL B.V. en relación con dicha(s) solicitud(es).

(vi) El Comercio reconoce y acepta que CMP o una parte que actúe en su nombre está obligada a bloquear o cancelar la Transacción o el Pago iDEAL en caso de que una solicitud de Transacción iDEAL se refiera a un pago sujeto a sanciones o a cualquier otra actividad ilícita o prohibida.

(vii) El Comercio no eliminará ningún emisor de la lista de emisores sin el consentimiento previo por escrito de Currence iDEAL B.V., incluso en los casos en que un emisor determinado no esté disponible en ese momento.

(viii) CMP es responsable del Pago garantizado de los fondos (la "Garantía de Pago iDEAL") al Comercio por la solicitud iDEAL de Transacción iniciada y completada por los Clientes, en la medida en que el emisor haya indicado un estado "correcto" y dicho estado esté establecido en la API iDEAL. En tal caso, CMP deberá asegurarse de que el Comercio reciba los fondos relacionados con la Garantía de pago iDEAL (menos las comisiones aplicables por los Servicios de CMP). Para evitar cualquier duda, la Garantía de Pago iDEAL no será aplicable si un Pago iDEAL está sujeto a sanciones o a cualquier actividad ilícita, restringida o prohibida.

(ix) En caso de que el Comercio utilice los enlaces de Pago iDEAL, el Comercio explicará claramente las condiciones de pago y proporcionará opciones para denunciar los enlaces de Pago iDEAL como fraudulentos. En este contexto, un enlace de pago iDEAL es un sitio web que lleva a un cliente a la página de pago o de pago del Comercio donde el cliente puede pagar a través de aplicaciones de mensajería instantánea como WhatsApp, SMS, Messenger, chats, redes sociales, correo electrónico u otros canales de comunicación.

(x) En caso de que el Comercio utilice el SVA iDEAL, los datos del perfil iDEAL solo se podrán procesar en la medida en que dichos datos sean necesarios para el procesamiento del pedido de compra, a menos que exista otro fundamento jurídico conforme al GDPR para el procesamiento por parte del Comerciode los datos del perfil iDEAL.

(xi) El Comercio no responsabilizará al emisor de los servicios de iDEAL, salvo en caso de dolo (opzet), negligencia grave (grove nalatigheid) o desviaciones de las R&R de iDEAL y de las Especificaciones de la API de iDEAL, lo que constituirá una estipulación a favor de un tercero (derdenbeding) de conformidad con la legislación aplicable.

(xii) En caso de que CMP actúe como CPSP, el Comercio reconoce y acepta que el pago por parte del adquirente con respecto a las Transacciones iDEAL, que el adquirente haya recibido del banco del Cliente, se realiza a CMP (y no al Comercio directamente). Las garantías, términos y condiciones en que se efectúan los Pagos iDEAL al Comercioy, en particular, que el Comercio corre un riesgo de pago frente a CMP, ya que la Garantía de Pago iDEAL se limita a la parte contratante de la entidad adquirente. El Comercio reconoce que puede optar por asegurar su riesgo de pago relativo a los fondos que necesita recibir.